Sobre el Currículo Nacional y la próxima sentencia del Poder Judicial
El Consejo Nacional de Educación (CNE) ha señalado en diversas oportunidades, especialmente con referencia al Currículo Nacional de Educación Básica (CNEB), la importancia de que la educación en el Perú contribuya a la construcción de un país que garantice la igualdad de oportunidades para todos sus ciudadanos, sin distingos de ninguna naturaleza(*).
La promoción de un trato justo y de oportunidades equitativas para hombres y para mujeres, independientemente de cualquier otra consideración, es indispensable para la formación de una sociedad de ciudadanos con derechos universales, como son el reconocimiento de su identidad y la aceptación de su diversidad. La realización de esos derechos para todas las personas requiere desterrar de nuestro país el machismo, la homofobia y otras actitudes que subyacen a comportamientos discriminatorios y violentos, que atentan contra la dignidad humana.
Hace poco más de un año, diversos grupos de personas se pronunciaron y movilizaron en contra de la inclusión del enfoque de igualdad de género en el CNEB. Argumentaban que la educación sexual excede los límites de responsabilidad del Estado, y que es deber y derecho exclusivo de los padres de familia. Paradójicamente, esa demanda se presentó en un momento y contexto en que se hacían más notorios múltiples casos y una creciente espiral de violencia de género, crímenes de odio y violencia escolar. La magnitud del fenómeno y su creciente visibilidad en diversos medios de comunicación demostraba claramente que no se trata de problemas que podían ser tratados y solucionados sólo en el ámbito familiar y privado, sino que requieren ser afrontados con políticas públicas e intervenciones desde el Estado y la comunidad. Uno de los canales que tiene que contribuir al cambio profundo de actitudes es, claramente, la educación.
En agosto de 2017, el Poder Judicial resolvió en primera instancia la demanda, desechando la mayor parte de la misma por no encontrar evidencia de vulneración de derecho alguno. La única excepción al respecto está referida a un breve texto del documento curricular en que se define el enfoque transversal de igualdad de género que, a juicio de los magistrados, debió ser objeto de consulta específica. Ante este fallo, el Ministerio de Educación apeló y, en las próximas semanas, el Poder Judicial habrá de resolver en última instancia este caso.
En ese sentido, el Consejo Nacional de Educación considera que dejar sin efecto el CNEB y su enfoque transversal de igualdad de género, es renunciar a que las instituciones educativas sean espacios en los que los estudiantes puedan cultivar y aprender lo que es la tolerancia, a respetar al otro, a fortalecer su identidad y a aprender a protegerse de las diversas amenazas que lamentablemente ponen en riesgo y vulneran diariamente su integridad.
El CNE confía en que el Poder Judicial resuelva definitivamente este caso, de conformidad con los principios de justicia, tolerancia, respeto y no discriminación abrazados por la Constitución, la Ley General de Educación y el orden internacional sobre Derechos Humanos. Asimismo, el CNE espera que, tal como ocurrió en la primera instancia, el Poder Judicial reafirme que corresponde al Ministerio de Educación (y no a otra autoridad estatal) la rectoría de la política educativa nacional y la formulación y aprobación del Currículo Nacional.
Hoy, 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, el CNE ratifica que el mejor saludo y reconocimiento consiste, precisamente, en afirmar los principios y las acciones que contribuyan a construir un país donde mujeres y hombres podamos vivir libres de violencia y de toda forma de discriminación de género. Ese es el espíritu que anima este pronunciamiento y todo el esfuerzo previo, y que continuará desplegando el CNE en favor de una educación integral.
Lima, 8 de marzo de 2018
(*) Pronunciamiento: La igualdad de género en el Currículo Nacional (04.12.2016)
Comunicado: Educación integral e igualdad de género (23.02.2017)