Fijan Remuneración Íntegra Mensual–RIM. Para profesor de la Primera Escala Magisterial
El Gobierno fijó en 59,35 soles la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) por hora de trabajo semanal – mensual correspondiente a la Primera Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial a la que se refiere la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial.
La RIM es el valor de la hora de trabajo. Este se multiplica por el total de horas que se labora durante un mes. Este monto servirá de base para calcular el sueldo de los demás niveles, así como para cualquier incentivo, según la Ley de Reforma Magisterial.
El aumento, que se evidenciará a fines de abril en las boletas de los docentes, será más drástico entre los profesores que pertenecen a la segunda escala, cuya jornada de trabajo es de 30 horas. Ellos pasarán de percibir S/ 1710.39 a S/ 1958.55.
El decreto supremo Nº 070-2017-EF, firmado por el presidente Pedro Pablo Kuczynski Godard y los ministros de Economía y Educación deroga el Decreto Supremo N° 290-2012-EF promulgado durante el gobierno de Ollanta Humala que la fijo en 51,83 soles. (El Peruano) Más información