Dificultad en el acceso a servicios públicos para pobladores indígenas amazónicos: ¿Dónde están nuestros derechos individuales y colectivos?

En la región Loreto, la población que pertenece a algún pueblo indígena u originario cuenta con una serie de derechos individuales y colectivos tales como la protección de tierras, salud, la Educación Intercultural Bilingüe (EIB) y sobre todo el derecho a la consulta previa. En nuestra región –lamentablemente– en diversos sectores del Estado hasta el momento no hay avances significativos para implementar estrategias que respondan y hagan realidad estos derechos.

En nuestra Amazonía existe la necesidad –de parte de los líderes comunitarios y comuneros– de realizar gestiones y trámites documentarios. Es el caso de los líderes de las comunidades kichwa del Alto Napo, con quienes venimos trabajando desde Tarea. Ellos para poder presentar un escrito o memorial deben viajar cinco días en lancha, hasta llegar a la ciudad de Iquitos donde se encuentra la mayoría de las oficinas del estado, además de pagar una suma de dinero considerable por este transporte y solventar su hospedaje y alimentación en esta ciudad. Es cierto que existen las plataformas itinerantes de acción social, conocidas como PIAS, que son embarcaciones que navegan llevando los servicios y programas del Estado. Sin embargo, esta demora entre 50 a 60 días en regresar a una comunidad.

En algunos sectores del Estado, los funcionarios parecen no tener conciencia de lo difícil que resulta para un líder comunitario o comunero llegar a la ciudad para realizar un trámite y al hacerlo, pues se encuentra con protocolos que dificultan su acceso al servicio o son discriminatorios. En muchos casos la atención se hace en castellano cuando el comunero habla una lengua originaria y poco castellano, es decir sin pertinencia lingüística, no hay interés por atender las necesidades de nuestra población.

En realidad, no se está teniendo en cuenta que existen leyes y normas para el derecho a la igualdad y no discriminación. Este derecho está reconocido en la Constitución Política del Perú (artículo 2, inciso 2) que dice “Toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole”. En la que se obliga a las autoridades y funcionarios del Estado a respetar la forma de comunicarse, organizarse y comportarse de los pueblos indígenas, así como a eliminar prejuicios y a desarrollar las herramientas necesarias para que estos puedan acceder a sus derechos como ciudadanos. Este derecho también obliga a ciudadanas y ciudadanos en general a adoptar las medidas para que el poblador indígena se exprese sin ser discriminado.

Asimismo, se encuentra reconocido en el artículo 3.1 “Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación” y en el artículo 31 del Convenio 169 de la OIT y en los artículos 2 y 15.2 de la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas. Sin embargo, todavía, la existencia de diversas culturas en nuestra Amazonía, lejos de valorarse como un aporte a nivel Nacional, ha puesto en evidencia diversos modos de discriminación y exclusión de los pueblos indígenas, expresados en el escaso ejercicio de sus deberes y derechos, así como en la escasa participación en la toma de decisiones, aun cuando se trate de factores que afectan a su desarrollo. La existencia de una política integral que tome en cuenta los derechos de los pueblos indígenas debe ser una prioridad en el país.

Cada gestión que ingresa a gobernar –a nivel regional y nacional– tiene su política de atención, pero, ninguno de ellos hasta ahora ha puesto en práctica una atención preferencial (considerando las desventajas y limitaciones existentes) para las personas que vienen de poblaciones indígenas, con el objetivo de garantizar el acceso real a los servicios del estado peruano, recibiendo atención adecuada de parte de los organismos públicos. (Entidades públicas y gobiernos regionales y locales).

Escribe: Yolanda Sandoval Tarea en Loreto

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